La Paz, Baja California Sur (OEM - informex).- El ciberbullying cada vez resulta más frecuente y afecta a cientos de niñas y niños, situación que es realmente preocupante para las y los infantes que son perseguidos en internet por sus compañeras o compañeros de clase.
Los casos de ciberacoso o ciberbullying lamentablemente no son casos aislados, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), arrojan que al menos el 20.8 por ciento de la población de Baja California Sur sufrió de ciberacoso de los 12 años en adelante, mientras que el estado con mayor prevalencia de esta conducta es Michoacán.
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El acoso cibernético son aquellas situaciones en la que una persona es expuesta de manera repetida y prolongada a acciones negativas por parte de una o varias personas que buscan hacer daño o causar molestias a través de medios electrónicos como el teléfono celular e internet.
Como resultado del estudio realizado por el INEGI este arrojó que en Baja California Sur el 20.6 por ciento de las mujeres manifestaron haber sido víctimas de ciberacoso y en el caso de los hombres el 20.9.
La población que fue víctima de ciberacoso, el 37.2 por ciento cuenta con estudios de nivel básico, pero en la población de mujeres y hombres el porcentaje de estos casos tiende a ser similar en cada uno de los niveles de escolaridad.
Es importante referir que, Baja California Sur se posiciona en el tercer lugar a nivel nacional en horas de uso diario de internet, sin embargo el estado de Nuevo León es el más alto con 7.3 horas diarias.
Sobre las acciones de ciberacoso experimentadas en 2022 fueron el contacto por identidades falsas, mensajes ofensivos, insinuaciones o propuestas sexuales y recibir contenido de índole sexual.
Los medios digitales más utilizados y donde se han percibido más situaciones de acoso en Baja California Sur son Facebook, seguido de WhatsApp, en tercer lugar se encuentra Twitter y por último las llamadas telefónicas, donde destaca que las mujeres son quienes utilizan en mayor medida estas redes sociales.
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El artículo 183 del Código Penal de Baja California Sur, indica aquella personas que hostigue, amenace o envíe contenido no requerido en una o más ocasiones por medio de las tecnologías de la información y telecomunicaciones, redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier espacio digital y cause algún daño en la dignidad personal o cualquier otro bien tutelado por la norma, comete el delito de ciberacoso. Además, quien cometa esta conducta, será acreedora o acreedor a una pena de once meses y hasta seis años de prisión y una multa de cincuenta a seiscientos días de mula en el momento de la comisión del delito.
Finalmente, en el caso de las y los menores infractores este tipo de prácticas pueden ser evaluadas a través del juzgado cívico, sin embargo serán las autoridades competentes las que determinen las sanciones a aplicar.