La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- Conforme al artículo 11 de la Ley General de Partidos Políticos, las organizaciones de ciudadanas y ciudadanos que pretendan constituirse como un partido político local para obtener su registro, deberán informar tal propósito al Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, suceso que se presenta cada 6 años.
Actualmente la asociación civil “Movimiento Laborista de Baja California Sur”, aspira a convertirse en un partido político local, para contender en los próximos comicios del 2024.
Dentro de los trabajos que viene realizando esta asociación civil y en cumplimiento a lo estipulado en el reglamento para la conformación de nuevos partidos políticos locales, se inició con la primera asamblea, la cual se realizó en el municipio de Los Cabos, misma que fue supervisada por el IEEBCS a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, con el objetivo de supervisar que se cumplieran con los requisitos necesarios para llevar a cabo dicha actividad.
Durante el encuentro, personal del IEEBCS estuvo encargado de realizar el registro de afiliadas y afiliados que asistieron a la asamblea del “Movimiento Laborista BCS”, constatando que estuvieran enterados del objeto de la celebración. Así mismo, se supervisó lo requerido por Protección Civil, para que estos eventos puedan realizarse de forma segura y que los filtros de salud estuvieran correctamente instalados.
Con un aproximado de 800 personas registradas, “Movimiento Laborista BCS” realizó la primera asamblea en el municipio de Los Cabos.
Con un aproximado de 800 personas registradas, se realizó la primera asamblea en ese municipio de las cinco que la asociación civil tendrá que realizar a lo largo de todo el estado, teniendo que cumplir con el número requerido de registros para poderlas llevar a cabo.
El Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, es el organismo encargado de supervisar en todo momento las actividades para dar fe y legalidad, con la finalidad de que la asociación civil cumpla con los requisitos establecidos para que se pueda constituir como partido político local.
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Cabe destacar que, el proceso de constitución de partidos políticos es posterior a la elección a la gubernatura, en el mes de enero del año siguiente a la elección, cuando se presenta un aviso de intención, se lleva a cabo el procedimiento de la realización de estas asambleas, posteriormente la asociación civil deberá presentar la solicitud de registro.
Finalmente, para que estas asambleas puedan realizarse, se debe contar con un mínimo de asistentes, el cual corresponde al 0.26% de los registrados en la lista nominal distrital o municipal, es por ello que el IEEBCS realiza el registro de afiliados, validando que estén enterados del objetivo de la celebración.