Los Cabos, Baja California Sur (OEM-Informex).- El trabajo doméstico es un oficio común que realizan cientos de personas, actualmente Baja California Sur se encuentra en la tercera posición a nivel nacional, de personas migrantes que se dedican a realizar este tipo de actividades.
Al respecto, datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), indican que el porcentaje de población migrante que realiza como un oficio el trabajo doméstico es relevante, ya que más de 500 mil personas se dedican a esto en un Estado distinto al de su nacimiento.
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El primer lugar lo ocupa Quintana Roo, donde el 76.5 por ciento de las personas ocupadas en el trabajo doméstico remunerado nació en otra entidad o país distinto; Baja California cuenta con 57.6 por ciento y Baja California Sur el 57.2 por ciento, lo cual refleja que más de la mitad de las personas que realizan trabajo doméstico son migrantes.
Datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo Nueva Edición, al cuarto trimestre de 2022, indican que un total de 2.5 millones de personas estaban ocupadas en el trabajo doméstico remunerado, 90.2 por ciento son mujeres y 9.8 por ciento corresponden a hombres, se estima que el pago mensual oscila entre los 3 mil 767 pesos para las mujeres y 4 mil 399 pesos para los hombres.
Actualmente toda o todo patrón está obligado a registrar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus empleadas y empleados desde el primer día de trabajo, tal es el caso de las trabajadoras domésticas, donde a la fecha en Baja California Sur se cuenta con un registro superior a 3 mil personas dadas de alta como trabajadoras del hogar.
El registro para el alta se realiza en cuatro sencillos pasos y sin salir de casa se puede dar de alta a la persona o personas que realizan esta función, sólo se requiere ingresar a la página, donde se seleccionará el apartado “trabajadoras del hogar”, al llegar a ese punto, el patrón debe proporcionar sus datos como la Clave Única de Registro de Población (CURP), correo electrónico, RFC (opcional), teléfono celular y domicilio.
Además, se le pedirán los datos de la persona trabajadora del hogar, CURP, Número de Seguridad Social (NSS), domicilio, salario base de cotización diario integrado y días trabajados.
Una vez que tiene esa información la cual debe ser corroborada por el patrón, la página les arrojará el formato que deberán utilizar para realizar el pago correspondiente.
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En tanto, hacer el registro y pago de las cuotas ahora es más sencillo, el pago se efectuará de acuerdo con el salario y los días laborados de la persona trabajadora del hogar y se podrá cumplir la obligación por día, mes, bimestre, semestre o año.
De igual manera sólo se pagarán las cuotas obrero-patronales de los días que la persona trabajadora del hogar labore durante el mes.
Una vez que se obtenga el formato de pago, la o el patrón pueden acudir a una ventanilla bancaria o puede realizar el trámite desde su banca en línea.
El pago deberá cubrirse dentro de los 20 primeros días de cada mes; ya que el aseguramiento inicia a partir del primer día del mes, inmediato posterior al pago realizado en tiempo y forma.