La Paz, Baja California Sur.- La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó por unanimidad el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia, que tipifica la violencia vicaria como delito autónomo. Esta acción se relaciona con la iniciativa propuesta por la diputada María Luisa Ojeda González, la cual reforma el artículo 200 y adiciona un artículo 200 Bis al Código Penal del estado.
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Después de que la comisión dictaminadora considerara procedente la iniciativa, dado que el Título Séptimo del Código Penal Estatal, titulado "Delitos cometidos entre integrantes de la familia y delitos por discriminación contra la dignidad de las personas", en su Capítulo I sobre "Violencia Familiar", no reconoce explícitamente la violencia vicaria, tal como está definida en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado (Título Segundo sobre "Tipos y modalidades de violencia contra las mujeres", Capítulo I, Artículo 4°).
La diputada iniciadora precisó que el texto enmarcado del delito de violencia familiar en el artículo 200 ocasiona diversos problemas de interpretación a las y los operadores jurídicos como a las víctimas denunciantes, en específico el delito de violencia vicaria, como:
A) Confusión por quienes pretenden denunciar por conductas ya conocidas como violencia vicaria y al acudir con la autoridad procuradora de justicia, se encuentren con que no existe el delito expresamente, encuadrándolo en el tipo de violencia familiar.
B) Grave error legislativo, al restarle importancia al omitir la denominación correcta a la conducta, tal como se le conoce a nivel nacional e internacional.
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C) La falta de uniformidad que conserva el Código Penal, puesto que la totalidad de los delitos que se tipifican en él, son señalados de manera clara con la denominación de delito autónomo.
Por lo que, a fin de proporcionar certeza jurídica al definir y tipificar este tipo de violencia como delito autónomo, se consideró procedente.