Llaman a regularizar la situación fiscal

El SAT asignará un nuevo régimen fiscal a quienes no cumplan con sus obligaciones

Karina Lizárraga | El Sudcaliforniano

  · lunes 26 de junio de 2023

Este viernes 30 de junio vence el plazo para actualizar la situación fiscal. Foto: Alberto Cota | El Sudcaliforniano

La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Baja California Sur recordó a los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que este 30 de junio vence el plazo para que regularicen su situación fiscal.

Al final del mes ya deberán contar con Buzón Tributario habilitado, medios de contacto actualizados, e.firma y estar al corriente en la presentación de sus declaraciones.

Lee: Últimos días para regularizar vehículos extranjeros

Quienes así lo cumplan podrán continuar con los beneficios del régimen, dijo la administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, Deicy Gladis Castillo Rodríguez.

“Si son personas físicas en RESICO y requieren obtener o renovar su e.firma, hay una nueva opción disponible en citas.sat.gob.mx solo deben ingresar y elegir la opción RESICO e.firma para agendar su cita”.

Aclaró a quienes no cumplan con estos requisitos que el SAT les asignará el régimen fiscal que corresponda con su actividad, y perderá así, los beneficios que ofrece RESICO además de que no podrán volver a tributar en dicho régimen.

El RESICO entró en vigor el 1 de enero de 2022. Es un régimen que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales mediante la reducción de la tasa del impuesto sobre la renta (ISR).

En esta opción pueden tributar Personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos; Personas físicas con ingresos anuales menores a 3 millones 500 mil pesos y actividades empresariales y profesionales en giros de restaurantes, tiendas de abarrotes y ferreterías, entre otras.

Además de abogados, contadores y médicos, entre otros.

Suscríbete aquí a la edición digital de El Sudcaliforniano

Así como quienes estén en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF); quienes hagan uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales, entre otros); o con actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (AGAPES).

El RESICO ofrece beneficios como tasas mínimas del ISR que van del 1 a 2.5 por ciento; cálculo automático de impuestos; simplificación de precarga de información: y los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen, respectivamente.

Castillo Rodríguez destacó que el pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.

Agregó que los contribuyentes que lleven a cabo el 100 por ciento de sus AGAPES tienen el beneficio de la exención de pago de ISR si sus ingresos son de hasta 900 mil pesos anualmente facturados y efectivamente cobrados.

El RESICO no es compatible con algún otro régimen fiscal para personas morales, concluyó.