/ martes 13 de junio de 2023

Menores trans podrán cambiar sus actas de nacimiento: SCJN

La SCJN se pronunció a favor de reconocer legalmente la identidad de género de niños, niñas y adolescentes

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- Por restringir los derechos de la identidad de género en niños, niñas y adolescentes del estado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 144 Ter del Código Civil para el estado de Baja California Sur que limitaba el cambio de identidad en menores de edad de la entidad sudcaliforniana.

Por mayoría de votos en la Sesión del Pleno de la SCJN llevada a cabo el 13 de junio de 2023, la corte declaró como inconstitucional que se impida que menores de edad soliciten cambios en sus actas de nacimiento para el reconocimiento de su identidad de género.

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Esta sentencia giró en torno al documento promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos(CNDH) quien demandó la invalidez del articulo 144 párrafo primero del Código Civil para el Estado de Baja California Sur que reconoce que únicamente las personas mayores de edad tienen el derecho de solicitar una nueva acta de nacimiento congruente a su identidad de género.

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- Por restringir los derechos de la identidad de género en niños, niñas y adolescentes del estado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 144 Ter del Código Civil para el estado de Baja California Sur que limitaba el cambio de identidad en menores de edad de la entidad sudcaliforniana.

Por mayoría de votos en la Sesión del Pleno de la SCJN llevada a cabo el 13 de junio de 2023, la corte declaró como inconstitucional que se impida que menores de edad soliciten cambios en sus actas de nacimiento para el reconocimiento de su identidad de género.

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Esta sentencia giró en torno al documento promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos(CNDH) quien demandó la invalidez del articulo 144 párrafo primero del Código Civil para el Estado de Baja California Sur que reconoce que únicamente las personas mayores de edad tienen el derecho de solicitar una nueva acta de nacimiento congruente a su identidad de género.

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