La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó las sentencias TEEBCS-JDC-105/2021 y TEEBCS-JDC-104/2021, del Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, que fueron impugnadas por la militante panista, Alicia Uribe Figueroa.
Durante la primera confirmación del expediente SG-JDC/378, las magistradas y magistrados de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, advierten: “sus disensos resultan inoperantes porque se encuentran dirigidos a demostrar la supuesta errónea interpretación del Tribunal sobre los bloques de competitividad, pero como ya se dijo, no se dan por la relevancia económica, sino por el número de la votación válida emitida. De ahí la propuesta de confirmar la sentencia impugnada”.
Lo anterior, deriva de que Alicia Uribe, pretendía que se bajará a Ricardo Barroso Agramont, de la candidatura a la alcaldía de La Paz, por la alianza en figura de candidatura común denominada Unidos Contigo, por afirmar, que debía ser una mujer la que fuera postulada en ese municipio, aunque la alianza, ya hubiera registrado como candidatas a cuatro ayuntamientos de los cinco que tiene la entidad.
“En ese sentido, si la pretensión de la promovente es que en el municipio de La Paz sea postulada una mujer en razón de su relevancia económica y por ser la capital del estado; ello no puede ser así, puesto que los lineamientos aprobados por el Instituto local definió a los bloques de competitividad atendiendo a la votación válida emitida del proceso electoral inmediato anterior y no por su trascendencia económica. Además, estos lineamientos ya fueron aprobados en su momento por el Instituto local y adquirieron firmeza y definitividad”, explicó en la lectura de la cuenta el Secretario General.
En cuanto a la segunda confirmación del expediente SG-JDC/382, en la sentencia TEEBCS-JDC-104/2021, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, declaró que la resolución del Tribunal Electoral de BCS es fundada y que es, “improcedente la solicitud de análisis de constitucionalidad y convencionalidad de esta, así como inoperantes los agravios porque no confronta los razonamientos de la responsable a través de los cuales determinó que los actos y omisiones denunciados no constituían la violencia política alegada”.
Alicia Uribe, en el expediente JDC-104 del TEEBCS, acusó al Partido Acción Nacional de BCS, de falta de inclusión en la posición uno de la lista de candidaturas plurinominales; omisión en la resolución de Juicio de Inconformidad por la Comisión de Justicia de ese instituto político; Acciones y omisiones constitutivas de violencia política en razón de género contra las mujeres, así como la resolución del 24 de marzo de 2021, dictada en el expediente CJ/JIN/114/2021.
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Por lo tanto, la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, deja firme la candidatura por el principio de Representación Proporcional de Daniela Viviana Rubio Avilés, quien ocupa la posición uno de las fórmulas de la alianza Unidos Contigo. Asimismo, señala que no existió violencia política en razón de género hacia una mujer por parte del PAN en BCS.