La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- El candidato a la presidencia municipal de La Paz por la alianza “Unidos Contigo” Ricardo Barroso Agramont, por conducto de su apoderado legal Joel Vargas y de su coordinador de campaña Juan Alberto Valdivia Alvarado, presentaron ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) una denuncia de hechos en contra la candidata de Morena-PT Milena Paola Quiroga Romero, la cual quedó acentuada bajo el número de expediente LPZ/2895/2021/NUC.
“Hemos presentado de manera puntual esta denuncia penal en contra de Milena Quiroga por violaciones al Código Penal, por violaciones a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Baja California Sur, dejamos en manos de las autoridades competentes para que esta denuncia siga el curso legal que se le debe de dar”, señaló Juan Alberto Valdivia Alvarado.
ENCUENTRO DE CANDIDATAS Y CANDIDATOS
Los hechos sucedieron durante un encuentro radiofónico entre las candidatas y candidatos por la alcaldía de La Paz, en donde se dieron a conocer propuestas, sin embargo Quiroga Romero realizó un señalamiento respecto a la problemática del agua potable que se consume en el municipio paceño, donde refirió que el candidato de “Unidos Contigo” cuenta con una concesión de agua a nombre de su hijo menor de edad.
“No podemos permitir que se siga lucrando con nuestra agua como el candidato Priísta Ricardo Barroso, quien a través de su hijo menor de edad pretende ocultar una concesión de 10 mil millones de litros de agua, el equivalente al agua necesaria para toda una colonia de La Paz para un año, con razón no nos alcanza, no se vale, viene solo a mentir porque sabe que van a perder”, señaló Quiroga Romero.
Al salir del encuentro, Barroso Agramont pidió respeto para los menores de edad, “les pido respeto para todos los niños y nuestro hijos, a la candidata le invito a que como mujer, como joven, no se meta con los niños”.
Posteriormente, manifestó través de sus redes sociales:
“Ante los señalamientos de la candidata Milena Quiroga de Morena sobre el acaparamiento y compra de agua por parte de mi hijo, aquí está la constancia de que mienten; sus tíos, agricultores de toda la vida le cedieron esos millares. Lamentable que la desesperación de verse perdidos los orille a mentir e involucrar a un niño. Más respeto y seriedad y solicito a las autoridades correspondientes así como al enlace del Gobierno Federal aclare la filtración de documentación oficial en beneficio de las y los candidatos de Morena”.
LA LEY SEÑALA
De acuerdo a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente aprobada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión señala en su Capítulo Décimo Séptimo, Derecho a la intimidad.
Articulo 76. Niñas, niños y adolescentes tiene derecho a la intimidad personal y familiar, y a la protección de sus datos personales.
Niñas, niños y adolescentes no podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia; tampoco de divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales, incluyendo aquélla que tenga carácter informativo a la opinión pública o noticia que permita identificarlos y que atenten contra su honra, imagen o reputación.
Artículo 77. Se considerará violación de intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga el control el concesionario o medio del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.
Artículo 149. A quienes incurran en las infracciones previstas en las fracciones I, II y VIII del artículo anterior se les impondrá multa de hasta mil quinientos días de salario mínimo.
Las infracciones previstas III, IV, V, VI, VII y VII Bis del artículo anterior, serán sancionadas con multa de tres mil y hasta treinta mil días de salario mínimo general vigente al momento de realizarse la conducta.
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Según lo estipulado por la ley y la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos en México está ubicado en 141.70, por lo que, la candidata podría pagar una multa que va desde los 212 mil 550 pesos a 991 mil 900 pesos.