La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- A pesar de que el presidente de la república Andrés Manuel López Obrador, anunció que durante esta emergencia sanitaria no habría más impuestos.
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En sesión de la diputación permanente de la XV Legislatura el diputado Carlos José Van Wormer Ruiz, de la bancada Morena presentó una iniciativa en la cual propone la creación de un impuesto municipal para las empresas de alta tecnología que se instalen en BCS.
El legislador señaló que al fin de crear condiciones adecuadas para que el pago de contribuciones de la población y de la necesidad de propiciar una recuperación económica ante los efectos de la pandemia del Covid-19 con nuevos esquemas, como el uso de plataformas digitales, fueron propuestas reformas y adiciones a las Leyes de Hacienda de los Municipios en la entidad.
Con el propósito de regular las actividades con activos virtuales, intercambio digital y software especializados de internet, identidad digital, comercio electrónico, certificaciones, videoconferencias, monedas virtuales, entre otras.
Cabe destacar, que la propuesta fue leída por una de los iniciadores de la misma y la cual apoyan también los diputados Sandra Moreno Vázquez, Ramiro Ruiz Flores y Héctor Ortega Pillado.
Van Wormer Ruiz, apuntó que derivado de la reciente pandemia a consecuencia del virus de Covid-19, los ciudadanos han experimentado un cambio en el estilo de vida y Baja California Sur, cuenta con una gran oportunidad de ser el polo del desarrollo del país, incluso líder en el mundo en el tema de ciertas tecnologías, tales como la financiera, actividades con activos virtuales, comercios electrónicos e identidad digital, siendo una alternativa para generar desarrollo, inversión y empleos bien pagados.
La iniciativa propone la creación de un impuesto municipal para que las empresas de alta tecnología que se instalen en el territorio de Baja California Sur y que se dediquen a realizar actividades con activos virtuales, siempre y cuando no se encuentren expresamente regulados por el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o cualquier autoridad federal en materia financiera o de valores, lo cual fomentará el establecimientos de estas empresas en la entidad y hará que se cuenten con mecanismos de recaudación dinámicos y de avanzada a nivel nacional.
Con esta iniciativa se estarían reformando la numeración de la sección única del capítulo IV del título Segundo para pasar a ser sección primera; se adiciona una fracción del VII al artículo 25 y una sección segunda al capítulo IV del título segundo denominada del Impuesto a las actividades con activos virtuales, intercambio digitales y software especializados.
Compuesta por los artículos 70-A, 70-B, 70-C, 70-D, 70-E, 70-G, 70-H, 70-I, 70-J y 70-K a la Ley de Hacienda de los municipios de La Paz, Los Cabos, Loreto, Comondú y Mulegé, para agregar a los impuestos municipales el impuesto a las actividades con activos virtuales, intercambio digital y software especializado.
El artículo 70-A describe que “son objeto de este impuesto las actividades con activos virtuales, el intercambio digital, software especializado y cualquier tipo de transacciones que generen comisiones realizadas a través de servidores informáticos que se encuentren físicamente instalados en el municipio de La Paz y que no se encuentren expresamente reguladas por el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, o cualquier autoridad federal relacionada a temas bancarios o financieros”.