/ domingo 29 de septiembre de 2019

Está prohibido apartar estacionamiento en vía pública

Así lo marca el artículo 12 fracción III del reglamento de Tránsito Municipal de La Paz

La Paz, B.C.S. (OEM-Informex).- El apartar lugares de estacionamiento con cualquier tipo de objeto está prohibido, según así lo marca el artículo 12 fracción III del reglamento de Tránsito Municipal de La Paz.

Sin embargo, y tal como lo muestra la imagen que acompaña la nota, tal parece que esta prohibición no es conocida por todos los ciudadanos.

El artículo 12 señala que apartar o separar lugares de estacionamientos en la vía pública, así como colocar objetos que impidan se ocupe el espacio está prohibido, por lo cual podrán ser removidos y retirados por los agentes de la policía de tránsito municipal.

De no acatar esta restricción se le hace un llamado de atención a la persona que se encuentra cometiendo esta infracción, y si esta no obedece la indicación de la autoridad se pasa a otra instancia para que haga lo conducente.

Cabe destacar, que esta problemática de apartar estacionamientos con algunos objetos como cubetas, sillas o inclusive piedras, se da de manera más frecuente en zonas del centro y colonias aledañas a la misma.

Por tal motivo, la Dirección de Seguridad y Tránsito Municipal de La Paz, exhorta a la población a que eviten obstruir dichos lugares, ya que de no hacerlo podrían estar cometiendo una falta y esto a su vez pude ocasionar que se les sancione por dicho motivo.

De igual manera, en dicho artículo se menciona también que está prohibido alterar, destruir, derribar, cubrir, cambiar de posición o lugar las señales o dispositivos para el control de tránsito.

En este apartado en el cual se habla de todas las prohibiciones en el uso de la vía pública, también se destaca que no está permitido colocar señales o dispositivo de tránsito, tales como bollas, bordos, barreras, aplicar pintura en guarniciones, banquetas, calles o demás en la vía pública.

Asimismo, utilizar la vía pública como lote para ventas de vehículos, así como hacer uso de equipos de sonido para anunciar o dar publicidad con fines de propaganda comercial o política sin el permiso correspondiente.

Finalmente también está prohibido colocar anuncios de cualquier tipo cuya disposición de forma, color, luz, o símbolos, se haga de tal forma que puede confundirse con señales de tránsito u obstaculizar la visibilidad de los mismos.

La Paz, B.C.S. (OEM-Informex).- El apartar lugares de estacionamiento con cualquier tipo de objeto está prohibido, según así lo marca el artículo 12 fracción III del reglamento de Tránsito Municipal de La Paz.

Sin embargo, y tal como lo muestra la imagen que acompaña la nota, tal parece que esta prohibición no es conocida por todos los ciudadanos.

El artículo 12 señala que apartar o separar lugares de estacionamientos en la vía pública, así como colocar objetos que impidan se ocupe el espacio está prohibido, por lo cual podrán ser removidos y retirados por los agentes de la policía de tránsito municipal.

De no acatar esta restricción se le hace un llamado de atención a la persona que se encuentra cometiendo esta infracción, y si esta no obedece la indicación de la autoridad se pasa a otra instancia para que haga lo conducente.

Cabe destacar, que esta problemática de apartar estacionamientos con algunos objetos como cubetas, sillas o inclusive piedras, se da de manera más frecuente en zonas del centro y colonias aledañas a la misma.

Por tal motivo, la Dirección de Seguridad y Tránsito Municipal de La Paz, exhorta a la población a que eviten obstruir dichos lugares, ya que de no hacerlo podrían estar cometiendo una falta y esto a su vez pude ocasionar que se les sancione por dicho motivo.

De igual manera, en dicho artículo se menciona también que está prohibido alterar, destruir, derribar, cubrir, cambiar de posición o lugar las señales o dispositivos para el control de tránsito.

En este apartado en el cual se habla de todas las prohibiciones en el uso de la vía pública, también se destaca que no está permitido colocar señales o dispositivo de tránsito, tales como bollas, bordos, barreras, aplicar pintura en guarniciones, banquetas, calles o demás en la vía pública.

Asimismo, utilizar la vía pública como lote para ventas de vehículos, así como hacer uso de equipos de sonido para anunciar o dar publicidad con fines de propaganda comercial o política sin el permiso correspondiente.

Finalmente también está prohibido colocar anuncios de cualquier tipo cuya disposición de forma, color, luz, o símbolos, se haga de tal forma que puede confundirse con señales de tránsito u obstaculizar la visibilidad de los mismos.

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