La Paz, Baja California Sur (OEM - Informex).- Al realizar la liberación del acceso a playa El Saltito en La Paz, Baja California Sur, autoridades municipales manifestaron que continuarán realizando este tipo de acciones con la intención de que los accesos a las playas de La Paz no sean delimitados por ninguna persona.
En ese tenor, el secretario General del Ayuntamiento de La Paz, Pavel Castro Ríos, dio a conocer que las personas que limiten el libre tránsito a las playas del municipio serán acreedores a fuertes multas que oscilan desde los 200 mil hasta 1 millón de pesos e incluso la pérdida de la concesión.
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El funcionario municipal manifestó que, próximamente se liberará el acceso a playa Las Cruces y otras de la misma zona, así como el de Playa El Tesoro, entre otras; por ello los tres niveles de gobierno se encuentran trabajando para garantizar rubros como los accesos comunales, libre acceso a las playas y la delimitación de las servidumbres de paso que se deben de garantizar para que las playas sean públicas.
CERRADA POR PARTICULARES
En contexto, a través de un video difundido en redes sociales, se dio a conocer la liberación de uno de los accesos a playa “El Saltito”, el cual permanecía cerrado por particulares desde hace más de 10 años, por ello, las autoridades del Ayuntamiento de La Paz en coordinación con la Zona Federal Marítimo Terrestre tomaron acciones para que toda persona pueda transitar por esta zona.
En el video publicado por el secretario general del Ayuntamiento de La Paz, se muestra como trabajadores de Zofemat remueven una valla color blanco que impedía el paso de vehículos hacía playa “El Saltito”.
También se muestra como una mujer dialoga con el funcionario municipal, intentando impedir que la valla fuera desmontada, sin embargo, Castro Ríos argumenta que el acceso a las playas y a la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no puede ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado.
Al respecto, reiteró que las playas son de todas y todos, al tiempo recalcó que el artículo 8 de la Ley General de Bienes Nacionales establece que las y los habitantes de la República Mexicana pueden usar los bienes de uso común.
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Finalmente, añadió que estas acciones se llevan a cabo con fundamento en el artículo 8 y el artículo 127 de la Ley General de Bienes Nacionales; del 45 BIS de la Ley de Desarrollo Urbano de Baja California Sur y el artículo 1102 del Código Civil de Baja California Sur.