La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- En tribuna, la diputada Daniela Rubio Avilés, presentó una iniciativa para crear la Ley que regula el uso obligatorio de cubrebocas, así como otras medidas para prevenido la transmisión y riesgos de contagio de la enfermedad Covid-19, hasta que la autoridad sanitaria estatal, declare oficialmente la conclusión de la pandemia, esto como medida de prevención y cuidado a la salud en Baja California Sur.
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Dicha iniciativa, implica el uso de cubrebocas como obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio del Estado de Baja California Sur, en vías y espacios públicos, o de uso común, en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, considerados como esenciales o no esenciales; así como para usuarios, operadores y conductores del servicio de transporte de pasajeros.
La legisladora del Partido Humanista, enfatizando que, la obligatoriedad del uso de cubrebocas, así como las medidas a implementar, contempla sanciones a la persona física o moral que incumpla con las medidas sanitarias que va desde amonestación con apercibimiento; entrega de material médico; trabajo comunitario; multa; clausura temporal, que podrá ser parcial o total, incluso arresto hasta por 12 horas.
En tanto la diputada Daniela Rubio Avilés, propuso también ante el pleno, medidas sanitarias adicionales como el resguardo domiciliario; la sana distancia de 1.5 metros entre personas; el lavado frecuente de manos, entre otras que ya son de dominio público y que se han promovido por autoridades sanitarias de todos los niveles, en el país y el resto del orbe.
Por su parte, incluye al titular del Poder Ejecutivo Estatal y municipios, instancias que deberán instituir y administrar un fondo para la adquisición y entrega de cubrebocas, así como para otras medidas para hacer frente a la contingencia; mismo que se integrará por los recursos que se recauden por las autoridades estatales y municipales, por concepto de la multa prevista en el artículo 19 de la presente Ley.
Finalmente, la iniciativa, fue turnada a la Comisión de Salud, la Familia y Asistencia Pública para su discusión y análisis, establece vigencia del Decreto, hasta que cese el estado de emergencia sanitaria ocasionado por la enfermedad Covid-19, mediante declaratoria expresa por parte de la autoridad sanitaria estatal.