La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- La venta de cohetes y fuegos pirotécnicos es un tema controversial por los accidentes que su uso puede provocar principalmente en niñas y niños que durante esta temporada los encuentran en cualquier tienda de la esquina.
Esta temporada decembrina estará prohibida la venta de pirotecnia explosiva o de alto riesgo en la entidad, sin embargo la única que estará autorizada para su venta es la llamada pirotecnia fría o de juguetería.
La venta a menores de edad también está prohibida y las autoridades podrían aplicar multas superiores a los 44 mil pesos, dependiendo de la falta o el producto decomisado, por lo cual es indispensable que las y los vendedores respeten las normativas que se han determinado para evitar el decomiso y multas.
También la venta de explosivos de alto riesgo está prohibida en la ciudad, solo se permite realizar su venta en la periferia.
Por su parte, el subsecretario de Protección Civil de Baja California Sur, Benjamín García Meza, hizo un llamado a la ciudadanía para que sea parte de la prevención apoyando con un reporte o llamada anónima al 911, ya que en esta temporada se acostumbra que las tiendas de abarrotes vendan pirotecnia explosiva lo cual es de alto riesgo, por lo tanto no está permitido, ya que los permisos son únicamente para lugares específicos, con permisos por parte de las fuerzas armadas y con vigilancia permanente por las autoridades competentes.
DECOMISOS Y PROHIBICIÓN
Durante un recorrido por los comercios de la zona Centro de La Paz, autoridades de Protección Civil, Secretaría de Marina y la Dirección de Tránsito Municipal decomisaron alrededor de 30 kilogramos de pirotecnia a negocios que no estaban regularizados o no contaban con algún tipo de permiso.
En el caso del municipio de Los Cabos, se anunció que realizaran una serie de operativos para evitar la venta de estos artículos explosivos que son generadores de accidentes principalmente en niños.
También el municipio de Loreto, suspendió el uso y venta de pirotecnia, con la finalidad de que la población tome conciencia sobre el riesgo que implica que niñas, niños y adolescentes, tengan acceso a juegos pirotécnicos, ya que la mayoría no tiene habilidades para utilizarlos y esta situación puede derivar en tragedias en las familias.
La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos indica que los artículos pirotécnicos para la venta al público en general deben de contener como máximo 500 miligramos de carga explosiva
INDICACIONES DE VENDEDORES
Vendedores de pirotecnia indicaron para El Sudcaliforniano que únicamente venden sus artículos a personas mayores de edad, por lo tanto recomiendan a las madres y padres de familia que supervisen en todo momento a sus niñas y niños para evitar accidentes relacionados con el uso de pirotecnia.
Explicaron que para la autorización de permisos para lugares establecidos para la venta de pirotecnia, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), les pide ciertos requisitos que son indispensables para poder operar, por ello, los lugares para venta de pirotecnia deberán contar con malla ciclónica o barda de tabique, block o piedra en la periferia del predio que ocupan, con una altura mínima de 2 metros, cerca perimetral de malla ciclónica a 2 metros de distancia del mismo y también con la altura mínima de dos metros.
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Asimismo, extintores en buen estado y con carga vigente, como mínimo dos por cada área de trabajo; vigilancia las 24 horas y sistemas de alarma; almacenar agua y arena; letreros visibles elaborados con pintura de color rojo, con leyendas, “no Fumar”, “Peligro”, “Prohibida la Entrada”, “Área Restringida”, etc; así como en color negro con el número de Permiso General con tamaño de letra 80 cm; y no rebasar la capacidad de almacenamiento permitido y contener únicamente el material autorizado en su Permiso General.
Esta industria da trabajo a muchas familias en el país por ello es importante que cumplan con todos los requisitos para seguir operando y será la Dirección de Protección Civil de cada municipio, quien se encargue de inspeccionar y verificar que los puntos de venta cuenten con las medidas de seguridad, además de verificar que no tengan aglomeración de personas, que no haya venta a menores de edad, que se venda solo el producto de pólvora fría, y respetar los horarios establecidos por parte de Sedena.
Finalmente, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, indica que, los artículos pirotécnicos para la venta al público en general deben de contener como máximo 500 miligramos de carga explosiva, lo cual deberá ser respetado por los vendedores ya que es el Ejército Mexicano quien regula esta Ley.