/ martes 12 de noviembre de 2024

Proponen reconocer como víctimas de feminicidio a mujeres trans en BCS

Baja California Sur se encuentra en tercer lugar nacional en tasa de feminicidios con 1.61 casos por cada 100 mil habitantes

La Paz, Baja California Sur. – La diputada Karina Olivas Parra, del Partido del Trabajo (PT), presentó una iniciativa al congreso de Baja California Sur para reformar el Código Penal en materia de feminicidio, con nuevas tipificaciones y aumentando penas.

Aseguró que la propuesta surge como respuesta a una realidad preocupante: Baja California Sur se ubica como el tercer estado a nivel nacional en tasa de feminicidios, con 1.61 casos por cada 100 mil habitantes, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Olivas Parra enfatizó en su intervención ante el pleno que la situación de violencia contra las mujeres en la entidad ha llegado a niveles alarmantes. Entre enero y septiembre de 2024 se registraron siete feminicidios y cinco homicidios dolosos contra mujeres.

Lee: Denuncian violencia contra mujeres en Seguridad Pública de La Paz

Además, el estado ocupa también el tercer lugar en agresiones contra mujeres y es el líder en lesiones dolosas, con 167.4 casos por cada 100 mil habitantes.

Las medidas incluyen prisión de tres a ocho años, destitución e inhabilitación de tres a 10 años para aquellos funcionarios que retrasen o entorpezcan casos de feminicidio. Foto: Julián García / El Sudcaliforniano

Frente a este panorama, la legisladora destacó la necesidad de dotar de más herramientas a los ministerios públicos para asegurar la justicia a las mujeres violentadas y a sus familias.

La iniciativa presentada propone la incorporación de la tentativa de feminicidio como un delito tipificado en el Código Penal estatal, reconociendo como víctimas a mujeres transexuales y transgénero.

Diferencias entre feminicidio y homicidio doloso

El feminicidio, según el artículo 389, se define como el acto de privar de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando ocurre alguno de los siguientes elementos:

  1. La víctima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo.

  2. Se infligen lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores al acto, o se cometen actos de necrofilia.

  3. Existen antecedentes de violencia familiar, vecinal, laboral o escolar ejercida por el agresor contra la víctima.

  4. Hay una relación de parentesco, de confianza o subordinación entre el agresor y la víctima.

  5. La víctima fue incomunicada antes de ser asesinada.

  6. El cuerpo de la víctima fue expuesto o arrojado en un lugar público.

Por otro lado, el homicidio hacia una mujer no necesariamente implica estas características de género.

Si no se acredita que el asesinato se llevó a cabo por razones de género, se clasifica bajo el delito de homicidio calificado.

Se aplican las penas correspondientes de acuerdo con el artículo 132 del Código Penal, que establece que el homicidio calificado, cuando se comete bajo circunstancias específicas que agravan el delito, se castiga con penas que van de 25 a 50 años de prisión.

¿Cuál es la propuesta para elevar las penas mínimas?

También, se plantea elevar la pena mínima para el feminicidio de 30 a 40 años de prisión, lo cual colocaría a Baja California Sur al nivel de otros 17 estados de la República que ya cuentan con esta pena mínima. La pena máxima para el feminicidio se mantendría en 60 años de prisión.

Uno de los aspectos más significativos de la propuesta de Olivas Parra es la protección a los menores de edad y a personas en situación de discapacidad que dependían de la víctima.

En tribuna, la diputada señaló que dichas personas deberían recibir atención integral, incluyendo servicios psicológicos, educativos, de salud y de seguridad, para garantizar su bienestar tras la pérdida de un familiar por feminicidio.

No podemos permitir que la justicia sea selectiva o excluyente. Las mujeres trans también son víctimas de violencia feminicida, y es nuestra obligación asegurar que el acceso a la justicia sea igualitario para todas,” señaló Olivas Parra.

Subrayó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha determinado que la violencia trans feminicida debe ser reconocida y castigada penalmente.

La legisladora también hizo énfasis en la necesidad de investigar todos los homicidios de mujeres con perspectiva de género, y propuso sanciones para los servidores públicos que obstaculicen estas investigaciones por negligencia o mala fe.

Cárcel a funcionarios "tapaderas"

Las medidas incluyen prisión de tres a ocho años, destitución e inhabilitación de tres a 10 años para aquellos funcionarios que retrasen o entorpezcan la administración de justicia en casos de feminicidio.

Además, se propone sancionar la “tentativa” de feminicidio con una pena mínima de 27 años de prisión. En casos de agresiones a mujeres embarazadas, donde la violencia derive en lesiones al feto o su muerte, también se aplicará esta pena.

Olivas destacó que esta iniciativa fue desarrollada en colaboración con el Colegio de Abogados de Baja California Sur y la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos Contra las Mujeres.

Su propuesta busca no solo aumentar las penas, expuso Olivas, sino también promover un cambio estructural en la forma en que se aborda la violencia de género en el estado.

De ser aprobada, la reforma representaría un cambio significativo en la protección de los derechos de las mujeres y un paso hacia la justicia para las víctimas de feminicidio.

Fue turnada a la comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia que preside el diputado de Morena, Eduardo Van Wormer Castro.

Otra propuesta

Por otro lado, el pasado 5 de noviembre, la diputada Alondra Torres García del PT presentó una iniciativa distinta, para buscar un decreto que tipifique directamente el delito de “transfeminicidio” en el código penal.

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Propone castigar con 35 a 60 años de prisión, hasta 500 días de multa y la reparación integral cuando por razón de identidad o expresión de género, se prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género incluso “percibida” sea femenino.

La iniciativa en comento, implica adicionar el término “trans feminicidio” al capítulo I del título vigésimo sexto “Delitos por razones de Género”, integrándose el artículo 389 BIS al Código Penal para el Estado, para la tipificación del delito de “trans feminicidio”.

Esta fue turnada a la comisión de Diversidad Sexual, que preside la propia Alondra Torres García, para la elaboración del dictamen.

La Paz, Baja California Sur. – La diputada Karina Olivas Parra, del Partido del Trabajo (PT), presentó una iniciativa al congreso de Baja California Sur para reformar el Código Penal en materia de feminicidio, con nuevas tipificaciones y aumentando penas.

Aseguró que la propuesta surge como respuesta a una realidad preocupante: Baja California Sur se ubica como el tercer estado a nivel nacional en tasa de feminicidios, con 1.61 casos por cada 100 mil habitantes, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Olivas Parra enfatizó en su intervención ante el pleno que la situación de violencia contra las mujeres en la entidad ha llegado a niveles alarmantes. Entre enero y septiembre de 2024 se registraron siete feminicidios y cinco homicidios dolosos contra mujeres.

Lee: Denuncian violencia contra mujeres en Seguridad Pública de La Paz

Además, el estado ocupa también el tercer lugar en agresiones contra mujeres y es el líder en lesiones dolosas, con 167.4 casos por cada 100 mil habitantes.

Las medidas incluyen prisión de tres a ocho años, destitución e inhabilitación de tres a 10 años para aquellos funcionarios que retrasen o entorpezcan casos de feminicidio. Foto: Julián García / El Sudcaliforniano

Frente a este panorama, la legisladora destacó la necesidad de dotar de más herramientas a los ministerios públicos para asegurar la justicia a las mujeres violentadas y a sus familias.

La iniciativa presentada propone la incorporación de la tentativa de feminicidio como un delito tipificado en el Código Penal estatal, reconociendo como víctimas a mujeres transexuales y transgénero.

Diferencias entre feminicidio y homicidio doloso

El feminicidio, según el artículo 389, se define como el acto de privar de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando ocurre alguno de los siguientes elementos:

  1. La víctima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo.

  2. Se infligen lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores al acto, o se cometen actos de necrofilia.

  3. Existen antecedentes de violencia familiar, vecinal, laboral o escolar ejercida por el agresor contra la víctima.

  4. Hay una relación de parentesco, de confianza o subordinación entre el agresor y la víctima.

  5. La víctima fue incomunicada antes de ser asesinada.

  6. El cuerpo de la víctima fue expuesto o arrojado en un lugar público.

Por otro lado, el homicidio hacia una mujer no necesariamente implica estas características de género.

Si no se acredita que el asesinato se llevó a cabo por razones de género, se clasifica bajo el delito de homicidio calificado.

Se aplican las penas correspondientes de acuerdo con el artículo 132 del Código Penal, que establece que el homicidio calificado, cuando se comete bajo circunstancias específicas que agravan el delito, se castiga con penas que van de 25 a 50 años de prisión.

¿Cuál es la propuesta para elevar las penas mínimas?

También, se plantea elevar la pena mínima para el feminicidio de 30 a 40 años de prisión, lo cual colocaría a Baja California Sur al nivel de otros 17 estados de la República que ya cuentan con esta pena mínima. La pena máxima para el feminicidio se mantendría en 60 años de prisión.

Uno de los aspectos más significativos de la propuesta de Olivas Parra es la protección a los menores de edad y a personas en situación de discapacidad que dependían de la víctima.

En tribuna, la diputada señaló que dichas personas deberían recibir atención integral, incluyendo servicios psicológicos, educativos, de salud y de seguridad, para garantizar su bienestar tras la pérdida de un familiar por feminicidio.

No podemos permitir que la justicia sea selectiva o excluyente. Las mujeres trans también son víctimas de violencia feminicida, y es nuestra obligación asegurar que el acceso a la justicia sea igualitario para todas,” señaló Olivas Parra.

Subrayó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha determinado que la violencia trans feminicida debe ser reconocida y castigada penalmente.

La legisladora también hizo énfasis en la necesidad de investigar todos los homicidios de mujeres con perspectiva de género, y propuso sanciones para los servidores públicos que obstaculicen estas investigaciones por negligencia o mala fe.

Cárcel a funcionarios "tapaderas"

Las medidas incluyen prisión de tres a ocho años, destitución e inhabilitación de tres a 10 años para aquellos funcionarios que retrasen o entorpezcan la administración de justicia en casos de feminicidio.

Además, se propone sancionar la “tentativa” de feminicidio con una pena mínima de 27 años de prisión. En casos de agresiones a mujeres embarazadas, donde la violencia derive en lesiones al feto o su muerte, también se aplicará esta pena.

Olivas destacó que esta iniciativa fue desarrollada en colaboración con el Colegio de Abogados de Baja California Sur y la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos Contra las Mujeres.

Su propuesta busca no solo aumentar las penas, expuso Olivas, sino también promover un cambio estructural en la forma en que se aborda la violencia de género en el estado.

De ser aprobada, la reforma representaría un cambio significativo en la protección de los derechos de las mujeres y un paso hacia la justicia para las víctimas de feminicidio.

Fue turnada a la comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia que preside el diputado de Morena, Eduardo Van Wormer Castro.

Otra propuesta

Por otro lado, el pasado 5 de noviembre, la diputada Alondra Torres García del PT presentó una iniciativa distinta, para buscar un decreto que tipifique directamente el delito de “transfeminicidio” en el código penal.

Suscríbete aquí a la edición digital de El Sudcaliforniano

Propone castigar con 35 a 60 años de prisión, hasta 500 días de multa y la reparación integral cuando por razón de identidad o expresión de género, se prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género incluso “percibida” sea femenino.

La iniciativa en comento, implica adicionar el término “trans feminicidio” al capítulo I del título vigésimo sexto “Delitos por razones de Género”, integrándose el artículo 389 BIS al Código Penal para el Estado, para la tipificación del delito de “trans feminicidio”.

Esta fue turnada a la comisión de Diversidad Sexual, que preside la propia Alondra Torres García, para la elaboración del dictamen.

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