Requisito de elegibilidad, no ser deudora o deudor alimentario moroso

La propuesta fue presentada por las diputadas Teresita Valentín y Gabriela Cisneros

Adriana Márquez | El Sudcaliforniano

  · martes 7 de febrero de 2023

La iniciativa propone evitar que los agresores y deudores alimentarios ocupen un cargo de toma de decisiones, que no accedan a ninguna función Pública. Foto: Cortesía | Congreso del Estado

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- Con el propósito de eliminar la violencia contra las mujeres, las diputadas Teresita de Jesús Valentín Vázquez y Gabriela Cisneros, presentaron este martes en sesión permanente, iniciativa que pone como requisito de elegibilidad, el no ser deudora o deudor alimentario moroso, lo cual es congruente con el interés superior del niño, que es un principio de rango constitucional previsto en el artículo 4° constitucional, que demanda que en toda situación donde se vean involucrados niños, niñas y adolescentes se traten de proteger y privilegiar sus derechos.

La iniciativa de las legisladoras, a la que se sumó la mesa directiva del actual período permanente, plantea reformar la Constitución Política del Estado de Baja California Sur, la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la Ley del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Electoral y la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el fin de establecer estos lineamientos como requisitos de elegibilidad, idoneidad y probidad para quienes quieran ocupar un cargo de toma de decisiones, ejemplos de esto son Diputadas y Diputados, Gobernadora o Gobernador, Magistradas y Magistrados, Consejeras y Consejeros Electorales, Procuradora o Procurador de Justicia, entre otros.

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Es decir, se propone evitar que los agresores y deudores alimentarios ocupen un cargo de toma de decisiones, que no accedan a ninguna función pública o responsabilidad en el ámbito Legislativo, Ejecutivo o Judicial.

Durante su intervención en tribuna, ambas legisladoras argumentaron que se busca que la “3 de 3 contra la violencia” sirva como una garantía de protección a través de la cual “los partidos políticos deberán solicitar a las personas aspirantes a una candidatura firmar un formato, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, donde señale no haber sido condenadas o sancionadas mediante resolución firme por: violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal o por ser personas deudoras alimentarias morosas”.

“La idea ahora es que esto no quede sólo como un acuerdo, sino que se legisle para que sea vinculante y se fortalezca el objetivo de su creación”, destacaron en tribuna las iniciadoras.

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En cuanto a la violencia política contra las mujeres por razones de género, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), ya establece entre los requisitos de elegibilidad para ser diputada o diputado federal o senadora o senador, específicamente en su artículo 10, el no estar condenada o condenado por ese delito.

Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, Derechos Humanos, Asuntos Indígenas Transparencia y Anticorrupción y de aprobarse, permitirá su aplicación antes del próximo proceso electoral.