Estoy a favor de que se proteja la salud y la vida porque son los derechos humanos más importantes; sin salud todo se complica y sin vida no hay nada, señaló el presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Elías Camargo, al respaldar las medidas sanitarias anunciadas por el gobernador Carlos Mendoza Davis el pasado jueves 23, con las que se pretende enfrentar la epidemia de Covid-19.
Para grandes males grandes remedios y hay que tomar medidas drásticas ante una situación que es alarmante; creo que no debemos censurar al gobernador, expresó el ombudsman sudcaliforniano.
Consideró elevado el monto de las multas que se aplicarán a quienes transiten por las vías públicas sin la debida justificación, agregó que se deben dar a conocer con claridad las condiciones en las que los infractores serán remitidos para su arresto y la forma en la que serán detenidos, sobre todo por el riesgo de contagio existente. Pág. 6
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“La CEDH no está en contra de las medidas que, en torno a la epidemia, están tomando tanto el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, como el gobernador Carlos Mendoza y los alcaldes, pero se tienen que cuidar las formas” dijo Elías Camargo, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
El acuerdo por el que se da a conocer nuevas medidas sanitarias adoptadas por el Comité Estatal de Seguridad en Salud, para controlar, mitigar y evitar la propagación del covid-19 fue publicado en el boletín oficial del gobierno del estado y entre otros, impone restricciones a la circulación permitiendo solo las esenciales y se imponen sanciones a quienes violen estas disposiciones.
Este acuerdo es una ampliación al emitido por el titular del poder ejecutivo el pasado 31 de marzo, en el que se determina el cierre de cines, teatros, museos, sala de conciertos, y galerías de arte; centros nocturnos, casinos y salones de belleza; playas, balnearios, parques turísticos y recreativos; gimnasios y similares, salones de belleza, de Cosmetología, salas de masaje y spa; restaurantes o establecimiento cuyo giro sea la venta de alimentos para consumo dentro de instalaciones.
Se permitirá la operación de hospitales, instituciones que prestan todo tipo de servicio de salud, farmacias, tiendas de abarrotes, supermercados, mercados de abastos; transporte público de pasajeros limitando su aforo o capacidad del 50%; transporte de combustible, reparto agua potable, empresas expendedoras de combustibles, instituciones bancarias y telecomunicaciones; servicio de correo y paquetería mensajería; medios de comunicación, industria de manufactura, albergues para jornaleros y personas en tu situación de calle; guarderías o centros de cuidado infantil; centros de tratamiento de adicciones y empresas productoras de alimentos
Crisis
Cabe mencionar que el contexto de la pandemia por el coronavirus, la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), considera que la emergencia no debe convertirse a la vez, en una crisis de derechos humanos, sino que esta debe considerarse una oportunidad para hacer efectivos los deberes de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, particularmente a los grupos de población en riesgo.
En fecha reciente la agrupación se pronunció por el establecimiento de garantías relacionadas con la máxima protección de las personas y para ello pidió la implementación y difusión de medidas preventivas, de apoyo y de atención integral, mecanismos para garantizar los derechos de operadores y personal del sector salud, así como a personas portadoras o contagiadas del virus.
Se debe también proteger y garantizar la atención a personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria o en situación de vulnerabilidad, prevenir y atender los casos de violencia de género en el ámbito familiar, además de hacer hincapié en que la normativa internacional de los derechos humanos, garantiza que todas las personas disfruten del más alto nivel posible de salud y obliga a los gobiernos a adoptar medidas para prevenir las amenazas a la salud pública y brindar atención médica a quienes la necesitan.
Las normas de derechos humanos, reconocen que en el contexto de amenazas a la salud pública y en las emergencias que pongan en peligro la vida de una nación, existen restricciones a algunos derechos que pueden justificarse, siempre y cuando tengan una base legal, sean estrictamente necesarias y no sean arbitrarias ni discriminatorias en su aplicación, que se respete la dignidad humana, que estén sujetas a revisión y sean proporcionales para lograr su objetivo.