La Paz, Baja California Sur.- Con la finalidad de que el ciudadano tenga la posibilidad de ajustar su acta de nacimiento a su realidad social, la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Maricela Pineda García, presentó iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se reforma el artículo 145 y se adiciona un artículo 145 Bis al Código Civil para el estado, que tiene que ver con los casos en los que se pueden hacer cambios a las actas de nacimiento por diferentes motivos.
En la propuesta manifestó que actualmente el código civil establece en su artículo 145, que para modificar el contenido de un acta del Registro Civil que implique una modificación del estado civil de las personas, el interesado debe plantear su solicitud ante la autoridad judicial. Sin embargo este artículo no prevé situaciones que en la actualidad se han resuelto a través de criterios jurisprudenciales.
Refirió que existen diversos artículos de legislaciones civiles de entidades federativas, que ya han sido objeto de reflexiones en relación a las implicaciones de la modificación del “nombre”, mencionado las tesis aisladas con número de registro: 2000342 y 2001628, las cuales brindan diversos criterios en relación a la modificación del “nombre propio” o “apellidos” de las personas.
En ese sentido, Pineda García, dijo que por ello propone ajustar la norma local a estos criterios, para darle una mayor claridad y alcance normativo, así como ajustarlo a la realidad actual, atendiendo al reconocimiento progresivo del derecho humano a la identidad y en particular al nombre.
“La iniciativa propone que el ciudadano esté en posibilidad de ajustar su acta de nacimiento a su realidad social, cuando el accionante ha usado invariable y constantemente un nombre propio o apellidos diversos en su vida social y jurídica al que aparece en su acta de nacimiento”, resaltó.
De igual manera, indicó que con esta modificación legislativa se pretende que el ciudadano pueda adecuar el acta si el nombre propio del ciudadano, le pueda causar afrenta, sea infamante o lo exponga al ridículo, “ya de ninguna forma el nombre debe afectar a la dignidad humana, por tanto debe preverse normativamente la posibilidad de cambiar al nombre en estos casos”, refirió.
Cabe destacar, que dicha propuesta se turno a las comisiones correspondientes para que esta pueda ser analizada y dictaminada.