/ miércoles 14 de abril de 2021

TEPJF regresa candidatura plurinominal a Rubén Muñoz

El INE subrayó que Muñoz Álvarez no podía tener acceso al cargo de diputado federal por la vía plurinominal, debido a que no había presentado en tiempo y forma su renuncia como alcalde

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- El presidente municipal de La Paz Rubén Gregorio Muñoz Álvarez, presentó una impugnación por medio de un juicio para la protección de los Derechos político-electorales del Ciudadano, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tras haber sido retirado de la lista de candidatos por la vía plurinominal o de Representación Proporcional a nivel Federal, del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), según un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), en tanto, el Pleno de ese Máximo Órgano Jurisdireccional Electoral en el país, revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), concediendo dicha candidatura al alcalde paceño.

Cabe recordar que, el INE subrayó que Muñoz Álvarez no podía tener acceso al cargo de diputado federal por la vía plurinominal, debido a que no había presentado en tiempo y forma su renuncia como alcalde de La Paz: “Al respecto, el proyecto señala que le asiste la razón a la parte promovente, porque la restricción contenida en el Artículo 55 Fracción 5ta párrafo 4°, de la Constitución General, no es aplicable a candidaturas de diputaciones federales por el principio de Representación Proporcional”, advirtieron los magistrados en el proyecto de sentencia.

En contexto, el Tribunal en Pleno, por mayoría aprobó los proyectos de sentencia SUP-JDC-480/2021 y SUP-JDC-486/2021, donde advierten que él no tenía por qué separarse su encargo como alcalde de La Paz, para poder tener acceso a ese puesto federal, como diputado de Representación Proporcional en la Primera Posición de la lista de MORENA Baja California Sur.

Las y los magistrados del TEPJF explicaron que para una candidatura plurinominal no es posible delimitar geográficamente una entidad federativa o un municipio para este caso en particular de candidatura. “Porque son electas mediante una lista que se presenta por cada una de las circunscripciones en la que se divide el territorio nacional”.

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La restricción para quienes tienen que separarse del cargo en el servicio público, señalan solo es aplicable al ámbito territorial de las entidades federativas, esto es a las candidaturas que compiten por el principio de Mayoría Relativa.

Por lo anterior, se le concedió al primer edil de La Paz, el derecho a participar por esa vía, sin separarse del cargo de alcalde, “por ello, se propone revocar, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo combatido y ordenar el registro de la candidatura”.

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- El presidente municipal de La Paz Rubén Gregorio Muñoz Álvarez, presentó una impugnación por medio de un juicio para la protección de los Derechos político-electorales del Ciudadano, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tras haber sido retirado de la lista de candidatos por la vía plurinominal o de Representación Proporcional a nivel Federal, del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), según un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), en tanto, el Pleno de ese Máximo Órgano Jurisdireccional Electoral en el país, revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), concediendo dicha candidatura al alcalde paceño.

Cabe recordar que, el INE subrayó que Muñoz Álvarez no podía tener acceso al cargo de diputado federal por la vía plurinominal, debido a que no había presentado en tiempo y forma su renuncia como alcalde de La Paz: “Al respecto, el proyecto señala que le asiste la razón a la parte promovente, porque la restricción contenida en el Artículo 55 Fracción 5ta párrafo 4°, de la Constitución General, no es aplicable a candidaturas de diputaciones federales por el principio de Representación Proporcional”, advirtieron los magistrados en el proyecto de sentencia.

En contexto, el Tribunal en Pleno, por mayoría aprobó los proyectos de sentencia SUP-JDC-480/2021 y SUP-JDC-486/2021, donde advierten que él no tenía por qué separarse su encargo como alcalde de La Paz, para poder tener acceso a ese puesto federal, como diputado de Representación Proporcional en la Primera Posición de la lista de MORENA Baja California Sur.

Las y los magistrados del TEPJF explicaron que para una candidatura plurinominal no es posible delimitar geográficamente una entidad federativa o un municipio para este caso en particular de candidatura. “Porque son electas mediante una lista que se presenta por cada una de las circunscripciones en la que se divide el territorio nacional”.

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La restricción para quienes tienen que separarse del cargo en el servicio público, señalan solo es aplicable al ámbito territorial de las entidades federativas, esto es a las candidaturas que compiten por el principio de Mayoría Relativa.

Por lo anterior, se le concedió al primer edil de La Paz, el derecho a participar por esa vía, sin separarse del cargo de alcalde, “por ello, se propone revocar, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo combatido y ordenar el registro de la candidatura”.

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