/ lunes 28 de marzo de 2022

SCJN ordena liberar a Alejandra Cuevas por caso Gertz Manero

La Suprema Corte otorgó el amparo para Alejandra Morán y Alejandra Cuevas contra la orden de aprehensión derivada del presunto homicidio de Federico Gertz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó con 11 votos, otorgar el amparo a Alejandra Cuevas, hija de Laura Morán Servín, esta última acusadas por Alejandro Gertz Manero, actual fiscal general de la República, de haber matado, en 2015, a su hermano, Federico Gertz, “por el abandono de persona”.

Al concluir la votación de la Sala Superior, el ministro presidente, Arturo Zaldívar ordenó que se debe informar a las autoridades correspondientes la determinación del máximo tribunal, “para poner en libertad a la quejosa, Alejandra Guadalupe Cuevas Morán”, quien estaba presa, como “garante accesoria” de la acusación a su madre, a pesar de que Cuevas no vivía en el domicilio que compartían Federico Gertz y su madre.

El fiscal Gertz había acusado a su cuñada, Laura Morán, de permitir la muerte de su hermano, por lo que la fiscalía pidió el encarcelamiento de esta mujer. Sin embargo, este lunes, la Sala Superior falló a favor del proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena que planteaba otorgar el amparo liso y llano para ambas mujeres.

A principios de este mes de marzo, se filtraron unas grabaciones del fiscal Alejandro Gertz donde se escucha que se quejaba con el fiscal de Control de Competencia, Juan Ramos, que el proyecto del ministro Pérez Dayán iría en el sentido de dejar en libertad a Alejandra Cuevas Morán, acusada del homicidio de Federico Gertz Manero.

Sin embargo se escucha también en otra grabación a Alejandro Gertz decir que no se pondría en libertad a Cuevas porque tiene el apoyo de tres ministros, en lo que parece un intento del fiscal para usar sus influencias para presionar a los ministros de la corte.

Este lunes, al sustentar los motivos de su proyecto, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena dijo que Alejandra Cuevas está en prisión de manera indebida, pues se le acusó de una figura inexistente: la de garante accesoria.

El ministro expuso que no puede existir un delito si no hay una ley que lo establezca como tal, por lo que Cuevas no podía ser responsable de la muerte de Federico Gertz, debido a que era de edad avanzada y tenía padecimientos propios.

La familia Cuevas acusaba que los señalamientos del fiscal Gertz Manero carecían de fundamento. / Foto: Daniel Galeana | El Sol de México

En su oportunidad, el ministro presidente Arturo Zaldívar felicitó al ministro Gutiérrez Ortiz Mena por la prontitud de la elaboración de los proyectos sobre el caso de ambas mujeres y añadió que la revisión adhesiva sirve para lograr argumentos para fortalecer fallos en torno a la figura del amparo.

El ministro Alberto Pérez Dayán opinó que el delito imputado a Alejandra Cuevas y Laura Morán “no existe, no solo porque ello no es motivo de agravio alguno, sino también porque los actos reclamados carecen ambos de congruencia y contenido” y esto genera que tal afirmación “no pueda ser comprobable ni concluyente”.

Resaltó que sí estaba de acuerdo en la afirmación de que los elementos del cuerpo del delito “no están acreditados por diferente valoración que que las hicieron responsables” y por eso, su veredictos era amparar a las quejosas para que se deje sin efecto la orden de aprehensión y se decrete la libertad inmediata de la Alejandra Cuevas.

Durante discusión del segundo proyecto de este caso, donde se analizaron los alcances sobre la perspectiva de género, el ministro Ortiz Mena mencionó que la sala penal correspondiente tuvo a su alcance información que indicaba que el occiso, Federico Gertz, falleció en un hospital debido a un muy mal estado de salud; aunque mencionó que no había material probatorio que acreditara que su esposa, Alejandra Morán se condujo de manera omisa en el nivel de cuidado que razonablemente podía exigirse.

También expuso que el reclamo del fiscal Gertz es idealista, ya que plantea que Morán pudo prolongar la vida de su hermano con base en el género, pues supone que debía actuar con fortaleza y claridad, pese “a las innegables limitaciones” de ella, quien es una persona de edad mayor.

Agregó que la expectativa de procuración de cuidados era desmedida, pues no era de esperar que una mujer sin conocimientos de medicina se condujera como si tuviera habilidades para evitar la muerte de una persona gravemente enferma. En este sentido, destacó que se estaba ignorando la posible negligencia de los médicos y cuidadores encargados de Federico Gertz.

Alejandra Cuevas sale de Santa Marta

Alrededor de las 15:45 horas, Alejandra Cuevas abandonó el Reclusorio Femenil ubicado en Santa Marta Acatitla, luego de que la Suprema Corte ordenara su liberación, tras otorgarle la protección del amparo contra la orden de aprehensión que pesaba en su contra.

Cuevas salió del penal acompañada de su abogado y dio un breve mensaje a los medios de comunicación que se encontraban afuera del recinto, pese a que sus familiares en la sede de la SCJN habían adelantado que no daría declaraciones.


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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó con 11 votos, otorgar el amparo a Alejandra Cuevas, hija de Laura Morán Servín, esta última acusadas por Alejandro Gertz Manero, actual fiscal general de la República, de haber matado, en 2015, a su hermano, Federico Gertz, “por el abandono de persona”.

Al concluir la votación de la Sala Superior, el ministro presidente, Arturo Zaldívar ordenó que se debe informar a las autoridades correspondientes la determinación del máximo tribunal, “para poner en libertad a la quejosa, Alejandra Guadalupe Cuevas Morán”, quien estaba presa, como “garante accesoria” de la acusación a su madre, a pesar de que Cuevas no vivía en el domicilio que compartían Federico Gertz y su madre.

El fiscal Gertz había acusado a su cuñada, Laura Morán, de permitir la muerte de su hermano, por lo que la fiscalía pidió el encarcelamiento de esta mujer. Sin embargo, este lunes, la Sala Superior falló a favor del proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena que planteaba otorgar el amparo liso y llano para ambas mujeres.

A principios de este mes de marzo, se filtraron unas grabaciones del fiscal Alejandro Gertz donde se escucha que se quejaba con el fiscal de Control de Competencia, Juan Ramos, que el proyecto del ministro Pérez Dayán iría en el sentido de dejar en libertad a Alejandra Cuevas Morán, acusada del homicidio de Federico Gertz Manero.

Sin embargo se escucha también en otra grabación a Alejandro Gertz decir que no se pondría en libertad a Cuevas porque tiene el apoyo de tres ministros, en lo que parece un intento del fiscal para usar sus influencias para presionar a los ministros de la corte.

Este lunes, al sustentar los motivos de su proyecto, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena dijo que Alejandra Cuevas está en prisión de manera indebida, pues se le acusó de una figura inexistente: la de garante accesoria.

El ministro expuso que no puede existir un delito si no hay una ley que lo establezca como tal, por lo que Cuevas no podía ser responsable de la muerte de Federico Gertz, debido a que era de edad avanzada y tenía padecimientos propios.

La familia Cuevas acusaba que los señalamientos del fiscal Gertz Manero carecían de fundamento. / Foto: Daniel Galeana | El Sol de México

En su oportunidad, el ministro presidente Arturo Zaldívar felicitó al ministro Gutiérrez Ortiz Mena por la prontitud de la elaboración de los proyectos sobre el caso de ambas mujeres y añadió que la revisión adhesiva sirve para lograr argumentos para fortalecer fallos en torno a la figura del amparo.

El ministro Alberto Pérez Dayán opinó que el delito imputado a Alejandra Cuevas y Laura Morán “no existe, no solo porque ello no es motivo de agravio alguno, sino también porque los actos reclamados carecen ambos de congruencia y contenido” y esto genera que tal afirmación “no pueda ser comprobable ni concluyente”.

Resaltó que sí estaba de acuerdo en la afirmación de que los elementos del cuerpo del delito “no están acreditados por diferente valoración que que las hicieron responsables” y por eso, su veredictos era amparar a las quejosas para que se deje sin efecto la orden de aprehensión y se decrete la libertad inmediata de la Alejandra Cuevas.

Durante discusión del segundo proyecto de este caso, donde se analizaron los alcances sobre la perspectiva de género, el ministro Ortiz Mena mencionó que la sala penal correspondiente tuvo a su alcance información que indicaba que el occiso, Federico Gertz, falleció en un hospital debido a un muy mal estado de salud; aunque mencionó que no había material probatorio que acreditara que su esposa, Alejandra Morán se condujo de manera omisa en el nivel de cuidado que razonablemente podía exigirse.

También expuso que el reclamo del fiscal Gertz es idealista, ya que plantea que Morán pudo prolongar la vida de su hermano con base en el género, pues supone que debía actuar con fortaleza y claridad, pese “a las innegables limitaciones” de ella, quien es una persona de edad mayor.

Agregó que la expectativa de procuración de cuidados era desmedida, pues no era de esperar que una mujer sin conocimientos de medicina se condujera como si tuviera habilidades para evitar la muerte de una persona gravemente enferma. En este sentido, destacó que se estaba ignorando la posible negligencia de los médicos y cuidadores encargados de Federico Gertz.

Alejandra Cuevas sale de Santa Marta

Alrededor de las 15:45 horas, Alejandra Cuevas abandonó el Reclusorio Femenil ubicado en Santa Marta Acatitla, luego de que la Suprema Corte ordenara su liberación, tras otorgarle la protección del amparo contra la orden de aprehensión que pesaba en su contra.

Cuevas salió del penal acompañada de su abogado y dio un breve mensaje a los medios de comunicación que se encontraban afuera del recinto, pese a que sus familiares en la sede de la SCJN habían adelantado que no daría declaraciones.


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