/ lunes 1 de enero de 2024

Buscan sancionar a servidores públicos que desvíen donaciones para damnificados

La propuesta señala que la mayoría de los servidores públicos que han incurrido en esta conducta han quedado impunes

El Partido de la Revolución Demócrata (PRD) a través de la diputada Olga Luz Espinosa Morales, propone sancionar servidores públicos que desvíen donaciones dirigidas a damnificados, por lo que se buscaría castigar dicha conducta que atenta contra la buena fe y la convicción de la ciudadanía de ayudar a quienes caen en un siniestro.

La propuesta busca adicionar al artículo 60 Ter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer que quien “cometiera desvío de bienes donados a damnificados por siniestros el servidor público que utilice la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para retener, ocultar o comercializar bienes donados por personas físicas o morales con fines de atender las necesidades de afectados por siniestros”.

“En el caso de que la falta administrativa grave le genere beneficios económicos, se le impondrá sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos”.

También incorpora el artículo 72 Bis a la Ley General de Protección Civil, a fin de establecer que “la retención, el ocultamiento o venta de productos donados para la atención de damnificados por cualquier tipo de siniestro, por parte de servidores públicos, será sancionado en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

La iniciativa, enviada a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Protección Civil y Prevención de Desastres para dictamen, señala que se han dado casos de servidores públicos que ocultan, desvían y comercializan donaciones en especie.

➡️ Únete al canal de El Sol de México en WhatsApp para no perderte la información más importante

Señala que la mayoría de los servidores públicos que han incurrido en esta conducta han quedado impunes, ya que las leyes de responsabilidades administrativas y de protección civil no contemplan este supuesto.

El documento señala que la fracción XXIX-I del artículo 73 de la Constitución Política faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación en materia de protección civil entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Asimismo, la conducta de los servidores públicos se encuentra prevista en el artículo 127 de nuestra Carta Magna: Los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

Sin embargo, en la exposición de motivos indica que la legislación vigente resulta insuficiente para que los servidores públicos se abstengan a hacer mal uso de recursos provenientes de donativos de personas físicas con la intención de ayudar a damnificados.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Por ello, agrega la legisladora, es imperativo actualizar la ley para evitar que los responsables del acopio y distribución de las donaciones y apoyos para las personas damnificadas por siniestros sigan cometiendo conductas indebidas.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

El Partido de la Revolución Demócrata (PRD) a través de la diputada Olga Luz Espinosa Morales, propone sancionar servidores públicos que desvíen donaciones dirigidas a damnificados, por lo que se buscaría castigar dicha conducta que atenta contra la buena fe y la convicción de la ciudadanía de ayudar a quienes caen en un siniestro.

La propuesta busca adicionar al artículo 60 Ter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para establecer que quien “cometiera desvío de bienes donados a damnificados por siniestros el servidor público que utilice la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para retener, ocultar o comercializar bienes donados por personas físicas o morales con fines de atender las necesidades de afectados por siniestros”.

“En el caso de que la falta administrativa grave le genere beneficios económicos, se le impondrá sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos”.

También incorpora el artículo 72 Bis a la Ley General de Protección Civil, a fin de establecer que “la retención, el ocultamiento o venta de productos donados para la atención de damnificados por cualquier tipo de siniestro, por parte de servidores públicos, será sancionado en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.

La iniciativa, enviada a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Protección Civil y Prevención de Desastres para dictamen, señala que se han dado casos de servidores públicos que ocultan, desvían y comercializan donaciones en especie.

➡️ Únete al canal de El Sol de México en WhatsApp para no perderte la información más importante

Señala que la mayoría de los servidores públicos que han incurrido en esta conducta han quedado impunes, ya que las leyes de responsabilidades administrativas y de protección civil no contemplan este supuesto.

El documento señala que la fracción XXIX-I del artículo 73 de la Constitución Política faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación en materia de protección civil entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Asimismo, la conducta de los servidores públicos se encuentra prevista en el artículo 127 de nuestra Carta Magna: Los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

Sin embargo, en la exposición de motivos indica que la legislación vigente resulta insuficiente para que los servidores públicos se abstengan a hacer mal uso de recursos provenientes de donativos de personas físicas con la intención de ayudar a damnificados.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Por ello, agrega la legisladora, es imperativo actualizar la ley para evitar que los responsables del acopio y distribución de las donaciones y apoyos para las personas damnificadas por siniestros sigan cometiendo conductas indebidas.



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST⬇️

Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Municipios

Piden a ganaderos delimitar sus terrenos para prevenir accidentes de por ganado suelto

Se realizarán varias medidas para evitar más accidentes por ganado suelto

Municipios

Anuncian cierre de calles en el malecón por carrera deportiva

Se hace un llamado a la ciudadanía a circular con baja velocidad

Municipios

Recuerdan las memorias de Cabo San Lucas con el Café Literario

Celebran con éxito “Café Literario” en biblioteca pública “Amelia Wilkes” en Cabo San Lucas

Municipios

Los Cabos recuerda al teniente José Antonio Mijares en el 177 aniversario de su muerte

El secretario general Alberto Rentería llamó a mantener vivos los valores de patriotismo y entrega que José Antonio Mijares representa para Baja California Sur

Local

En Condusef aún no hay quejas por el Buen Fin

Alertan también sobre incremento de fraudes financieros con el pago del aguinaldo

Municipios

Abierto relleno La Candelaria por incendio en Palo Escopeta

Alrededor de 400 toneladas de basura doméstica se generan a diario en Los Cabos