/ sábado 8 de junio de 2024

Entran en vigor reformas que prohíben terapias de conversión

La prohibición y sanción de las terapias de conversión fue una iniciativa que presentó hace seis años la senadora morenista Citlalli Hernández

Este sábado entraron en vigor las reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal con las que se prohíben las terapias de conversión, las cuales serán sancionadas con penas de entre dos y seis años de prisión, y multas de hasta 217 mil pesos.

Tras su aprobación en el Congreso de la Unión, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la secretaría de Salud publicó ayer las modificaciones al artículo 465 Ter a la Ley General de Salud y al artículo 209 Quintus del Código Penal, con lo que a partir de hoy están prohíbidas y serán sancionadas todo tipo de terapias de conversión.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) cataloga como terapias de conversión todo tipo de procedimientos o intervenciones para cambiar la orientación sexual o la identidad de género de las personas por parte de organizaciones religiosas, autoridades gubernamentales y particulares.

“Las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 209 Quintus del Código Penal Federal y además, serán suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años”, señala el artículo adicionado a la legislación de salud.

La prohibición y sanción de las terapias de conversión fue una iniciativa que presentó hace seis años la senadora morenista Citlalli Hernández con la premisa de que “no se puede curar a quien nunca estuvo enfermo”.

A través de su cuenta de X, la senadora de MC, Patricia Mercado, celebró la entrada en vigor de estas reformas, pues al considerar que este tipo de prácticas violentan los derechos humanos de las personas de la diversidad sexual, aseveró que “no hay nada que curar”.

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La publicación de estas reformas coincide con el mes en que se conmemora el Día Mundial de la Diversidad Sexual, una fecha que de acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), busca reivindicar los derechos humanos de las personas que se identifican como miembros de la comunidad LGBTTTIQ+.

Este sábado entraron en vigor las reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal con las que se prohíben las terapias de conversión, las cuales serán sancionadas con penas de entre dos y seis años de prisión, y multas de hasta 217 mil pesos.

Tras su aprobación en el Congreso de la Unión, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la secretaría de Salud publicó ayer las modificaciones al artículo 465 Ter a la Ley General de Salud y al artículo 209 Quintus del Código Penal, con lo que a partir de hoy están prohíbidas y serán sancionadas todo tipo de terapias de conversión.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) cataloga como terapias de conversión todo tipo de procedimientos o intervenciones para cambiar la orientación sexual o la identidad de género de las personas por parte de organizaciones religiosas, autoridades gubernamentales y particulares.

“Las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas en términos de lo dispuesto por el artículo 209 Quintus del Código Penal Federal y además, serán suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años”, señala el artículo adicionado a la legislación de salud.

La prohibición y sanción de las terapias de conversión fue una iniciativa que presentó hace seis años la senadora morenista Citlalli Hernández con la premisa de que “no se puede curar a quien nunca estuvo enfermo”.

A través de su cuenta de X, la senadora de MC, Patricia Mercado, celebró la entrada en vigor de estas reformas, pues al considerar que este tipo de prácticas violentan los derechos humanos de las personas de la diversidad sexual, aseveró que “no hay nada que curar”.

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La publicación de estas reformas coincide con el mes en que se conmemora el Día Mundial de la Diversidad Sexual, una fecha que de acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), busca reivindicar los derechos humanos de las personas que se identifican como miembros de la comunidad LGBTTTIQ+.

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