/ viernes 5 de enero de 2018

INE ordena al PRI suspender spots de José Antonio Meade

Como medida cautelar, la Comisión de Quejas y Denunciasdel INE ordenó al PRI, en un plazo no mayor a seis horas,suspender la pauta en spots de José Antonio Meade Kuribreña, poruso indebido.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al PartidoRevolucionario Institucional (PRI) y a José Antonio MeadeKuribreña que en un plazo no mayor a seis horas, sustituya ante laDirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos delINE, los promocionales titulados “AÑO NUEVO V2” y“AÑONUEVO” en sus versiones para televisión y radio, únicamente porcuanto hace a la pauta local.

En sesión extraordinaria, las Consejeras Adriana Favela yClaudia Zavala, así como el Consejero Benito Nacif determinaron–por unanimidad- considerar procedente la medida cautelar, enrazón de que, bajo la apariencia del buen derecho, el partidodenunciado incluyó, indebidamente, en la pauta local promocionalescorrespondientes a la elección federal, en detrimento de laequidad en la contienda, siendo que los partidos políticos debenusar su tiempo asignado para cada tipo de elección enparticular.

En cuanto hace al spot difundido en radio en nueve entidades ycuya vigencia concluyó el 2 de enero de este año, se declaróimprocedente la adopción de medidas cautelares por tratarse deactos consumados de modo irreparable transmitidos en periodo decampaña federal.

Finalmente, respecto a los actos anticipados de campañatambién se declaró la improcedencia de la medida, por tratarse depromocionales en los que no se advierte un llamado a votar a favoro en contra de determinado partido político o candidato.

Como medida cautelar, la Comisión de Quejas y Denunciasdel INE ordenó al PRI, en un plazo no mayor a seis horas,suspender la pauta en spots de José Antonio Meade Kuribreña, poruso indebido.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al PartidoRevolucionario Institucional (PRI) y a José Antonio MeadeKuribreña que en un plazo no mayor a seis horas, sustituya ante laDirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos delINE, los promocionales titulados “AÑO NUEVO V2” y“AÑONUEVO” en sus versiones para televisión y radio, únicamente porcuanto hace a la pauta local.

En sesión extraordinaria, las Consejeras Adriana Favela yClaudia Zavala, así como el Consejero Benito Nacif determinaron–por unanimidad- considerar procedente la medida cautelar, enrazón de que, bajo la apariencia del buen derecho, el partidodenunciado incluyó, indebidamente, en la pauta local promocionalescorrespondientes a la elección federal, en detrimento de laequidad en la contienda, siendo que los partidos políticos debenusar su tiempo asignado para cada tipo de elección enparticular.

En cuanto hace al spot difundido en radio en nueve entidades ycuya vigencia concluyó el 2 de enero de este año, se declaróimprocedente la adopción de medidas cautelares por tratarse deactos consumados de modo irreparable transmitidos en periodo decampaña federal.

Finalmente, respecto a los actos anticipados de campañatambién se declaró la improcedencia de la medida, por tratarse depromocionales en los que no se advierte un llamado a votar a favoro en contra de determinado partido político o candidato.

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