/ martes 3 de julio de 2018

Nuevo fallo de Suprema Corte favorece a Cuauhtémoc Blanco

Se determinó que el decreto por el que se expidió no fue refrendado por el Secretario del ramo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

Municipios

Todo lo que tienes que saber del Festival de la Ballena Los Cabos

El evento busca promover la conservación de estos cetáceos que cada año visitan las aguas sudcalifornianas

Círculos

La tradición de la joyería que trasciende generaciones en La Paz

Una familia de joyeros y relojeros preserva un oficio que combina arte y dedicación desde hace más de siete décadas

Círculos

Paceños veneran la imagen de la Virgen de los Borrachos desde 1965

Ramón Álvarez, devoto de la Guadalupana, lleva 59 años venerando a la Virgen de Guadalupe fuera de su casa, adornándola con música y tequila

Círculos

Primer Sashimi Fest en La Paz: ¡Ya era hora! ¿Cuánto cuesta la pulsera?

Este sábado a partir de las 16:00 horas, no te pierdas esta oferta gastronómica

Local

Beca Rita Cetina: ¿Cuándo y cuánto te van a depositar?

La beca universal garantiza el derecho a la educación secundaria

Municipios

Reciben 5 playas de El Médano certificación Blue Flag

Las playas cumplieron con todos los estándares de calidad